La Comisión Nacional de Valores (CNV) oficializó hoy su decisión de establecer nuevos plazos para la presentación de los estados financieros de los Fondos Comunes de Inversión Cerrados y los Fideicomisos Financieros debido al marco de emergencia por la pandemia.

La decisión fue oficializada a través de la Resolución General 845/2020 publicada en el Boletín Oficial este viernes.

Los Estados Financieros de las entidades emisoras, los Fondos Comunes de Inversión Cerrados y los Fideicomisos Financieros, que se encuentren en el régimen de oferta pública de valores negociables tendrán nuevos plazos. Por ello, se fijaron nuevas fechas para los correspondientes a períodos anuales con cierre el 31 de enero de 2020, el 29 de febrero de 2020, el 31 de marzo de 2020, el 30 de abril de 2020 y el 31 de mayo de 2020 e intermedios con cierre el 29 de febrero de 2020, el 31 de marzo de 2020, el 30 de abril de 2020, el 31 de mayo de 2020 y el 30 de junio de 2020.

i) Para los períodos intermedios, dentro de los 70 días corridos de cerrado el trimestre, o dentro de los dos días de su aprobación por el órgano de administración, lo que ocurra primero.

ii) Para los ejercicios anuales, dentro de los 90 días corridos de finalizado el mismo, o dentro de los 2 días de su aprobación por el órgano de administración, lo que ocurra primero.

Las emisoras que con exclusividad efectúen oferta pública de valores representativos de deuda de corto plazo, deberán presentar, en relación a los períodos trimestrales referidos precedentemente, la información contable resumida trimestral descripta en el artículo 65 de la Sección VII del Capítulo V del Título II de estas Normas dentro de los 78 días corridos de finalizado cada trimestre o dentro de los dos días hábiles de su aprobación por el órgano de administración, lo que ocurra primero.

Las Pequeñas y Medianas Empresas (PyMES CNV) deberán presentar los estados financieros anuales y el informe contable resumido trimestral establecidos en el artículo 9° de la Sección II del Capítulo I del Título IV de estas Normas, en relación a los períodos referidos en el primer párrafo del presente artículo, dentro de los 70 días corridos de cerrado el trimestre y dentro de los 90 días corridos de finalizado el ejercicio anual, o dentro de los 2 días de su aprobación por el órgano de administración, lo que ocurra primero.

En relación a los períodos referidos en el primer párrafo del presente artículo, las emisoras comprendidas en el régimen "Pyme CNV Garantizada" deberán publicar en la Autopista de la Información Financiera (AIF) los Estados Contables anuales dentro de los 140 días de cerrado el ejercicio.

Las entidades emisoras, las Pequeñas y Medianas Empresas CNV (PyMES CNV) y los Agentes de administración o custodia de productos de inversión colectiva, deberán informar de manera inmediata a través de la Autopista de la Información Financiera (AIF) todo hecho relevante que pueda afectar la situación patrimonial, económica y financiera de la emisora y toda aquella información que deba ser de conocimiento de los inversores, conforme las normas vigentes.