Atención Pymes: concluye la feria judicial y a partir de febrero la AFIP puede volver a embargar cuentas
La norma que mantenía la suspensión de juicios de ejecución fiscal cayó al 31 de diciembre y no se renovó.
Las pymes se encuentran en alerta ya que a partir del jueves 1° de febrero podrían volver a sufrir embargos de cuentas y ejecuciones fiscales por parte de la AFIP.
La medida que ponía suspensión a estos procedimientos cayó el 31 de diciembre del 2023 y no se ha renovado. Pasando la feria fiscal, el riesgo esta latente para miles de pequeñas y medianas empresas.
Mediante la Resolución General de AFIP 5425 de septiembre de 2023, el ex candidato presidencial Sergio Massa, en plena campaña había suspendido el inicio de juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares para los contribuyentes al tiempo que también instrumentaba planes de pago.
La norma citaba textualmente "Suspender hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive, el inicio de los juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares para los sujetos comprendidos en el artículo 2°, con excepción de las Medianas Empresas -Tramo 2- y los denominados “Demás contribuyentes”.
Pasó el 31 de diciembre de 2023, enero junto con su feria judicial llega a su fin y en el horizonte aparece el 1ero de febrero, y si la AFIP no establece mediante una nueva resolución la suspensión, quedará habilitada la posibilidad de embargar cuentas y hacer ejecuciones fiscales de deudores morosos, como es habitual según marca la ley.
Dada la situación económica actual, la caída de consumo, y las deudas que acumulan las pymes, esta situación amenaza la continuidad de muchas que se encuentran en una situación compleja.
Mientras que los contadores esperan una moratoria que permita regularizar las obligaciones de sus clientes, y tras la salida del capítulo fiscal de la Ley Ómnibus que incluía una, las previsiones no son buenas para los próximos meses.
Desde el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires, sostuvieron que la RG 5425/2023 "estuvo vigente desde octubre a diciembre 2023, pero solo aplicó para los contribuyentes categorizados como Pequeños, Micro, Pequeña, Mediana Empresa Tramo 1 y Entidades sin fines de Lucro. Si bien el 1 de febrero se inicia el año judicial, creemos que la gestión de cobro compulsivo por parte del Fisco se reanudará gradualmente, teniendo en cuenta el contexto económico y que hay en curso un proyecto de ley que contiene una moratoria".
“La suspensión de juicios de ejecución fiscal y traba de medidas cautelares fueron establecidas por la Resolución General No 5425 publicada en el boletín oficial el 29/09/2023. Fue una de las tantas medidas electorales que impulsó el candidato Sergio Massa en ese momento. Durante el mes de Enero, se mantuvieron las suspensiones por la feria fiscal. A partir del jueves 1ero de Febrero si no se dicta una resolución que amplíe el termino de las suspensiones AFIP tendrá la posibilidad de embargar y de iniciar nuevos juicios de ejecución fiscal, esta medida sería muy perjudicial para todas las Pymes las cuales se encuentran tratando de mantenerse de la mejor manera que pueden”, explica Ana María Kaiser titular del Estudio Contable y Jurídico Kaiser & Montes.
Otro de los que se sumó al pedido fue el empresario y economista Gustavo Lázzari, quien alertó de la situación tras el anuncio de la quita del capítulo fiscal por parte del ministro de Economía. En la red social X advirtió: “El capítulo fiscal no era menor ni menos prioritario. Es imprescindible un nuevo proyecto rápido, racional y pensando en las espaldas del sector privado antes que en las arcas del estado (nac y prov) Urgente: sin moratoria, febrero es una carnicería fiscal”.