AFIP volvió a extender el plazo para que las empresas informen quiénes son sus beneficiarios finales
La medida se formalizó por medio de la Resolución General 4897/2020, publicada este jueves en el Boletín Oficial.
La AFIP oficializó hoy su decisión de extender hasta el 29 de enero próximo el plazo para que las empresas informen quiénes son sus beneficiarios finales.
La medida se formalizó por medio de la Resolución General 4897/2020, publicada este jueves en el Boletín Oficial, vinculada con el régimen informativo que fija la obligación de identificar a las personas con participaciones en sociedades, asociaciones civiles, fundaciones y fondos comunes de inversión.
En abril último, la AFIP estableció un un régimen de información anual respecto de la titularidad o participación en el capital social o equivalente en entidades del país y del exterior, y de la obtención de rentas pasivas en estas últimas, entre otros datos a informar.
Los sujetos obligados por ese régimen deben identificar a la persona humana que reviste la condición de "beneficiario final".
En virtud de las restricciones impuestas por la pandemia, el ente recaudador estableció un plazo especial para el cumplimiento de las obligaciones de información, correspondientes a 2019, y en su caso, a 2016, 2017 y 2018.
Luego, por medio de la Resolución General N° 4.878, la AFIP precisó el concepto de beneficiario final y la modalidad de informar la cadena de participaciones, entre otras modificaciones, disponiéndose un nuevo plazo para el cumplimiento de las obligaciones.
Ahora, el organismo que lidera Mercedes Marcó del Pont aclaró que "a fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones, se estima conveniente conceder un nuevo plazo a los sujetos obligados" a informar.