La AFIP reglamentó hoy el pago a cuenta adicional del impuesto sobre los Bienes Personales, correspondiente al período 2018-2019, para las personas que posean bienes en el exterior del país.

La medida se formalizó por medio de una resolución general publicada este viernes en el Boletín Oficial.

Según lo dispuesto, los contribuyentes con bienes en el exterior tendrán tiempo hasta el 31 de marzo de cada año para realizar la repatriación de activos financieros por un valor equivalente al 5% de esos bienes.

Por su parte, los importes respectivos deben permanecer depositados en entidades financieras hasta el 31 de diciembre del año calendario en que se verifique la repatriación.