El Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal 5 rechazó un pedido de Carlos Tevez para quedar exento de tener que pagar el impuesto a las grandes fortunas.  Para la Justicia, no debe proceder la medida cautelar que presentó el exjugador de Boca. Había cuestionado que el impuesto es “confiscatorio”.

Según los abogados del exfutbolista, el impuesto implicaba una “incidencia del 200% de sus rendimientos percibidos durante el 2020, es decir, absorbe el equivalente a la renta obtenida en dos ejercicios anuales completos”. Pero para el juzgado, el asunto “excede ostensiblemente el instituto cautelar, en tanto las cuestiones planteadas requieren un estudio más profundo del que aquél autoriza y demandan una mayor amplitud de debate y prueba”.   

“Ello es así en función de que el planteo efectuado por la actora, y rechazado por la demandada, involucra cuestiones que presentan, en sí, significativa complejidad, requieren de debate, prueba y mayor análisis y, por lo tanto, exceden el acotado marco de conocimiento preliminar de esta medida cautelar solicitada”, sostiene el fallo contra Tevez. 

En este sentido, se ha dicho que “cuando el objeto de la cautelar solicitada coincide con el del juicio, ello impide el dictado de la tutela anticipada, pues no procede una medida cautelar si de la consideración de las circunstancias que señala la actora, se exigiría avanzar sobre los presupuestos sustanciales de su pretensión que, precisamente, constituyen el objeto del litigio; es decir, habría que adelantar un pronunciamiento sobre el fondo de la cuestión”, concluyó.