Prisión preventiva para tres barras de Excursionistas por asociación ilícita
Los tres imputados son Carlos Leandro Fernández, Facundo Ezequiel Vigo y Walter Fabián Coronel, quien es investigado como uno de los líderes de la denominada "Banda del 29".
La Fiscalía Especializada en Delitos en Espectáculos masivos dictó hoy la prisión preventiva para tres barrabravas de Excursionistas por el delito de asociación ilícita.
Los tres imputados son Walter Fabián Coronel, Carlos Leandro Fernández y Facundo Ezequiel Vigo, quienes tienen antecedentes penales y forman parte de una causa que incluye a otros barras de la institución, de los cuales 12 fueron detenidos el pasado lunes, mientras que otros se presentaron a derecho en la Fiscalía.
Coronel se encuentra sindicado como uno de los organizadores de la asociación ilícita, por lo que podría recibir una pena de un mínimo de cinco años de prisión, al tiempo que permanece procesado por los delitos de homicidio agravado, lesiones graves agravadas y abuso de armas en el marco de un espectáculo deportivo.
La prisión preventiva fue otorgada por el Juzgado de 1° Instancia en lo Penal, Contravencional y Faltas N° 1, a cargo del Dr. Rodolfo Ariza Clericci.
La Banda del 29’
La investigación se inició de oficio y estuvo a cargo del Cuerpo de Investigaciones Judiciales, a raíz de una organización criminal, denominada ‘La Banda del 29’, que comenzó a desarrollarse en octubre de 2020.
Por ese motivo, el lunes se realizaron 23 allanamientos en simultáneo en Ciudad y provincia de Buenos Aires que culminaron con 12 barras detenidos e imputados.
Además, se logró la incautación de 11 teléfonos celulares, "de cuyo análisis fue posible relevar conversaciones e intercambio de imágenes de los miembros de la barra posando con armas de fuego".
“Será reprimido con prisión o reclusión de tres a diez años, el que tomare parte en una asociación o banda de tres o más personas destinada a cometer delitos por el solo hecho de ser miembro de la asociación. Para los jefes u organizadores de la asociación, el mínimo de la pena será de cinco años de prisión o reclusión", indica el artículo 210 del Código Penal.